Aplicación de la exención de rendimientos del trabajo percibidos en el extranjero

2017_Exenciones

De cara a la declaración de la renta del año 2017 queremos recordar un tema importante que puede representar una apreciable exención en el IRPF para algunos trabajadores de Servicio Exterior.

A mediados del año 2016 la Sección Sindical de ELA informó a la plantilla de esta casuística y mantuvo una reunión con la el Departamento de Finanzas sobre este tema:

Resumen reunión con el Departamento de Finanzas.

Paralelamente la Sección Sindical de ELA elevó una consulta a la Hacienda Foral:

Consulta a la Hacienda Navarra sobre “aplicación de la exención de rendimientos del trabajo percibidos en el extranjero”

A finales del año pasado y tras recibir alguna consulta por parte de trabajadores afectados, la Sección Sindical de ELA pregunto a RRHH sobre la marcha de la gestión de estas exenciones. Esta es la respuesta que recibimos:

“Con respecto a las rentas exentas, se está aplicando lo que, junto a Finanzas, se os trasladó hace aproximadamente un año. Se han presentado a la Hacienda Foral los retroactivos que se comentaron de Aeron de 2012 y, para final de año, me indican que está previsto presentar 2013, 2014 y 2015.”  RRHH, 27 de octubre de 2017

Entendemos que RRHH debe dar una explicación sencilla y personalizada de este tema fiscal bastante complejo a los trabajadores afectados.

 

Cuenta de resultados 2016

2016_Cuentas

La semana pasada recibimos de nuestros asesores económicos del sindicato, el análisis de la cuenta de resultados del 2016, con los datos públicos recogidos en el registro mercantil.
Aquí tenéis un breve resumen del análisis:


(€) 2016 2015 2014 2013 2012
INGRESOS 134.169.936 121.305.511 105.283.081 100.046.600 94.327.000
Resultado Explotación 15.679.329 10.570.481 9.944.630 11.271.240 10.785.700
Resultado Final 9.539.645 10.066.066 9.218.378 9.163.760 9.182.250
Plantilla media 607 554 521 478 454

Gasto relativo sobre los ingresos

(%) 2016 2015 2014 2013 2012
Aprovisionamientos 46% 46% 44% 43% 39%
Otros gastos 13% 17% 16% 15% 18%
Gastos personal 27% 27% 29% 27% 27%
Amortizaciones 1,9% 1,9% 2,2% 2,2% 2,15%

En 2016, el sueldo bruto medio de cada trabajador ha sido de 46.300€. El incremento de los sueldos de 2016 en un punto supondría para la empresa un coste adicional estimado de 367.000€.
La compañía continua su esfuerzo inversor a lo largo del ejercicio 2016, orientada a reforzar la posición competitiva de la compañía e intentar asegurar su sostenibilidad futura. En este ejercicio las inversiones en inmovilizado superan lo 3,5 millones de euros.
La sociedad reparte dividendos:

  • 2012 — 2,5 millones de euros.
  • 2013 — 2,5 millones de euros.
  • 2014 — 2,5 millones de euros.
  • 2015 — 3 millones de euros.
  • 2016 — 15 millones de euros.

 

2016 2015 2014 2013
Ventas 133.453.069 120.303.826 104.704.415 98.809.124
BAI 11.549.658 11.311.260 11.461.636 11.159.989
Margen beneficios 8,65% 9,40% 10,90% 11,30%


Como conclusión, decir que la situación económica de la compañía es excelente a 31 de diciembre de 2016. La cifra de ventas en 2016 vuelve a aumentar, siendo el mejor de los años analizados. Esta sociedad obtiene resultados muy favorables y positivos que indican una alta rentabilidad de la actividad realizada. De esos beneficios, la empresa reparte importantes dividendos. En cuanto a la situación financiera, la sociedad tiene fondos propios muy importantes, un endeudamiento medio, y dispone de un balance equilibrado; además, es solvente por lo que no tiene de problemas de liquidez para afrontar los pagos a corto plazo.

Situación actual de la empresa

2017_Grafica

 

Como ya venimos informando, el pasado jueves 16 de marzo, la dirección de la empresa convocó al comité de empresa a una reunión para trasmitir la información solicitada por la Sección Sindical de ELA. Entre las diferentes solicitudes de información se pidió un informe sobre la actual situación laboral y de carga de trabajo de la empresa.
El Director General fue el encargado de resumir la actual situación. Aquí tenéis un breve resumen de los puntos más importantes:

División de papel

Se confirma la compra de una empresa italiana fabricante de líneas de tissú. Empresa de tres años de antigüedad y dieciséis personas en plantilla. El objetivo es poder ofertar líneas de tissú completas.
La división de papel a experimentado una importante recuperación durante el año 2016 con un crecimiento muy superior al esperado. Este crecimiento se ha mantenido durante los primeros meses de 2017.
Para afrontar este aumento de trabajo ha sido necesario reforzar la plantilla de varios departamentos.

División de aeronáutica

Después de unos años con un altísimo nivel de negocio se está pasando por un periodo de baja contratación. Se van a plantear nuevos objetivos para 2017 un 25% inferiores al planteamiento inicial.Esta disminución se empezó a notar el último trimestre de 2016 y se ha mantenido en el primer trimestre de 2017.
En lo que va de año, a falta de confirmación de una serie de pedidos de máquinas nuevas, las nuevas contrataciones consisten principalmente en retrofits, recambios y postventas.
Tanto Airbus como Boeing ya habían anunciado una disminución de sus contrataciones.
Esta situación de incertidumbre se está notando también tanto en Murcia como en USA.

Como consecuencia de esta disminución en contratación, se están dejando de renovar contratos a trabajadores de la empresa o acortando el tiempo de duración de los mismos. De la misma manera, se está reduciendo el nivel de subcontrataciónes.

Finalizada la reunión, la Sección Sindical de ELA, solicita otra reunión en el mes de junio para hacer seguimiento de la situación.


 

Una vez más, nos gustaría resaltar el sinsentido por parte de la dirección de la empresa en insistir en la compra de 40 horas en 2017 pese a los avisos de un significativo descenso de la contratación. En un escenario de bajada de trabajo, está compra solo ha servido para perjudicar a compañeros que se han sido obligados a abandonarnos.

 

 

 

Cuenta de resultados 2015

Ayer lunes, en reunión, la dirección de la empresa expuso al Comité de empresa las cuentas del año 2015. Esa misma mañana, recibimos de nuestros asesores económicos del sindicato el análisis de dichas cuentas con los datos públicos recogidos en el registro mercantil.

Aquí tenéis un breve resumen del análisis:


(€) 2015 2014 2013 2012
INGRESOS 121.305.511 105.283.081 100.046.600 94.327.000
Resultado Explotación 10.570.481 9.944.630 11.271.240 10.785.700
Resultado Final 10.066.066 9.218.378 9.163.760 9.182.250
Plantilla media 554 521 478 454

Gasto relativo sobre los ingresos 

(%) 2015 2014 2013 2012
Aprovisionamientos 46% 44% 43% 39%
Otros gastos 17% 16% 15% 18%
Gastos personal 27% 29% 27% 27%
Amortizaciones 1,9% 2,2% 2,2% 2,15%

En 2015, el sueldo bruto medio de cada trabajador ha sido de 45.400€. El incremento de los sueldos de 2015 en un punto supondría para la empresa un coste adicional estimado de 330.400€.

La compañía continua su esfuerzo inversor a lo largo del ejercicio 2015, orientada a reforzar la posición competitiva de la compañía e intentar asegurar su sostenibilidad futura. En este ejercicio las inversiones en inmovilizado superan lo 3,5 millones de euros.

La sociedad reparte dividendos: en 2012 (2.500.000€), 2013 (2.500.000€), 2014 (2.500.000€), y 2015 (3.000.000€).

 

  2015 2014 2013
Ventas 120.303.826 104.704.415 98.809.124
BAI 11.311.260 11.461.636 11.159.989
Margen beneficios 9,40% 10,90% 11,30%

Como conclusión, decir que la situación económica de la compañía es excelente a 31 de diciembre de 2015. La cifra de ventas en 2015 vuelve a aumentar, siendo el mejor de los años analizados. Esta sociedad obtiene resultados muy favorables y positivos que indican una alta rentabilidad de la actividad realizada. De esos beneficios, la empresa reparte importantes dividendos. En cuanto a la situación financiera, la sociedad tiene fondos propios muy importantes, un endeudamiento medio, y dispone de un balance equilibrado; además, es solvente por lo que no tiene de problemas de liquidez para afrontar los pagos a corto plazo.

Rentas exentas declaración de la renta (II)

El pasado 16 de mayo hicimos una consulta a la empresa acerca de la exención en la declaración de la renta referente a los  “Rendimientos  del  trabajo  percibidos  por  trabajos  efectivamente realizados en el extranjero”. Solicitamos a RRHH que nos informara sobre cómo se aplican  y a raíz de esta consulta, se organizó una reunión el pasado 4 de julio con el Departamento Financiero.

Os trasladamos un resumen de la reunión:

Leer más

Rentas exentas declaración de la renta

La Sección Sindical de ELA ha tenido conocimiento de una casuística fiscal que entendemos puede ser de aplicación a parte de la plantilla de M.Torres. Consiste en que están exentos en la declaración de la renta aquellos ingresos percibidos como  “rendimientos  del  trabajo  percibidos  por  trabajos  efectivamente realizados en el extranjero”. El texto legal en el que nos basamos es el siguiente:

Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se  aprueba  el  Texto  Refundido  de  la  Ley  Foral  del  Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

(..)

Artículo 7. Rentas exentas.

Estarán exentas las siguientes rentas:
(…)

  1. n) Los rendimientos del  trabajo  percibidos  por  trabajos  efecti vamente realizados en el extranjero, con los siguientes requisitos:

1.º Que  dichos  trabajos  se  realicen  para  una  empresa  o  entidad no residente en territorio español o un establecimiento permanente radicado en el extranjero en las condiciones que reglamentariamente se establezcan.  En  particular,  cuando  la  entidad  destinataria  de  los  trabajos  esté  vinculada  con  la  entidad  empleadora  del  trabajador  o  con aquella en la que preste sus servicios, deberán cumplirse los requisitos previstos en el artículo 29 de la Ley Foral 24/1996, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades.

2.º Que en el territorio en que se realicen los trabajos se aplique un impuesto de naturaleza idéntica o análoga a la de este Impuesto y no se trate de un país o territorio considerado como paraíso fiscal. Se considerará cumplido este requisito cuando el país o territorio en el que se  realicen  los  trabajos  tenga  suscrito  con  España  un  convenio  para evitar la doble imposición internacional que contenga cláusula de intercambio de información.

La exención se aplicará a las retribuciones devengadas durante los días de estancia en el extranjero, con el límite máximo de 61.000 euros anuales. Reglamentariamente podrá establecerse el procedimiento para calcular el importe diario exento.

La  presente  exención  será  incompatible,  para  los  sujetos  pasivos destinados  en  el  extranjero,  con  el  régimen  de  excesos  excluidos  de tributación  previsto  en  el  artículo  8.º  A).3.b)  del  Reglamento  de  este Impuesto, cualquiera que sea su importe. El sujeto pasivo podrá optar por la aplicación del régimen de excesos en sustitución de esta exención.

 

Por ello hemos hecho consultas con Hacienda y también hemos pedido a la empresa que analice este punto y lo aplique.

Un saludo.