Consecuencias de la actuación de Inspección de Trabajo sobre las horas extras.

M.Torres recibió una de las sanciones por fraude a la Seguridad Social más importante de los últimos tiempos en Navarra.

Tal y como adelantamos, una vez analizado el informe completo de Inspección de Trabajo, vamos a exponer algunas consideraciones sobre el mismo.

Podéis releer la entrada que enviamos en su momento y el informe preliminar de Inspección en los siguientes enlaces:

Inspección reconoce horas extras sin compensación en M.Torres.

Informe de Inspección de Trabajo sobre horas extras en M.Torres

Acta de liquidación

Ante la petición de información sobre horas extras de la Sección Sindical ELA y las reclamaciones de horas extras de trabajadores, la Dirección de la Empresa siempre negó la existencia de horas extras sin compensación.
Ante esta situación, Inspección de trabajo inició una investigación que se prolongó durante muchos meses en los que se pidió, se cruzó y se contrastó gran cantidad de información y que acabó destapando una enorme cantidad de horas extras que ni se compensaban ni se declaraban como jornada.

El acta de liquidación (de 145 páginas) detalla cómo se detectó el fraude y cómo se llevó a cabo la investigación y se estimó el exceso de jornada en los diferentes colectivos, haciendo inca pie en que siempre se consideraron las estimaciones más favorables para la empresa, aunque conllevaran una minusvaloración de las horas destapadas.

Este proceso se inició hace más de cinco años y tanto la pandemia como la situación de la empresa ha retrasado las actuaciones de Inspección de trabajo hasta la actualidad.

Sanciones

El periodo analizado por Inspección comprende desde enero de 2015 a diciembre de 2018.

“IMPORTE TOTAL DE LA DEUDA DEL PERÍODO DEL DESCUBIERTO es de 1.663.118,38 euros”

Este importe sería Cotizaciones atrasadas que se desglosa por trabajadores.

“Por los mismos hechos se extiende Acta de Infracción I312022000000818, por un importe de 2.162.220,20 euros, equivalente al 130,01% del importe (1.663.118,38 euros) de las cuotas de Seguridad Social y demás conceptos de recaudación conjunta no ingresados”

Inspección de Trabajo resalta, y no comprende, la falta de colaboración de la Empresa a partir de un momento dado, ya que si la empresa hubiera colaborado y reconocido la deuda hubiera evitado el acta de Infracción.

Recordamos que la empresa ha comunicado su intención de impugnar las sanciones.

Reclamaciones

El periodo de reclamación de horas extras sería del último año y de cinco años de cotizaciones de la Seguridad Social.

Aquellos trabajadores que tenían reclamaciones pendientes cuando se inició el procedimiento verán ampliados sus plazos y podrá seguir con sus reclamaciones.

Como ha ocurrido hasta ahora, el resto de la plantilla solo podrá reclamar las horas extras del último año y aunque muchos verán aumentadas sus cotizaciones no hay posibilidad de reclamar la compensación de horas del periodo investigado por haber prescrito.

Consecuencias

La Sección Sindical ELA considera que esta actuación de Inspección de Trabajo representa un antes y un después en M.Torres.

La Dirección de la empresa debe poner en marcha procedimientos para el control de la jornada de todos los colectivos de trabajadores, informando correctamente sobre la misma y cumpliendo con las compensaciones exigidas por ley.

Mención especial al colectivo de Servicio Exterior, cuyas condiciones laborales vienen modificándose en los últimos años de forma caprichosa y unilateral al margen de la representación de los trabajadores.

El único camino es el cumplimiento de la legalidad y la negociación colectiva.