Condiciones laborales ETT

Los trabajadores contratados a través de una ETT tienen derecho a la aplicación de las mismas condiciones esenciales de trabajo y empleo que los trabajadores de M.Torres.

Estas condiciones serían: remuneración, duración de la jornada, horas extraordinarias, periodos de descanso, trabajo nocturno, vacaciones y días festivos.
El resto de condiciones se corresponderían con las del Convenio Colectivo Nacional ETT.

El Pacto de Empresa de M.Torres incluye el siguiente punto en referencia a las ETT:

Artículo 26.- CONTRATACIONES ETT

Con objeto de agilizar los procesos de incorporación en períodos vacacionales o puntas de trabajo, la contratación de personal a través de ETT podrá ampliarse hasta un máximo de 90 días.
Los trabajadores de Empresas de Trabajo Temporal que lleven prestando sus servicios en el centro de M.Torres de Torres de Elorz, mediante un contrato de puesta a disposición, durante un período de 90 días consecutivos y sigan prestando sus servicios con posterioridad, lo harán mediante un contrato directo con la Empresa.

Puede accederse a las condiciones aplicables en M.Torres en el siguiente enlace de nuestro blog:

Guía básica M.Torres

Consúltanos cualquier duda al respecto:

comitela.mtorres@gmail.com